Nueva norma para los ecommerce en Argentina: botón de arrepentimiento

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Será obligatorio el uso del “botón de arrepentimiento” en todas las páginas que vendan productos o servicios.

El Gobierno a través de la Secretaría de Comercio Interior estableció que las empresas, pymes o individuos que venden a través de sitios webs productos o servicios deberán tener un botón de arrepentimiento para que puedan revocar su compra. La medida regirá a partir del 5 de  diciembre según rige en la resolución 424/2020

¿Cómo afecta a los vendedores?

Tendrán que agregar el botón o link en su página de inicio y los gastos de devolución correrán por su cuenta. Además, según consta en la web oficial del Gobierno  el uso del botón tiene que ser de forma libre, es decir que no se le puede pedirle a la persona que hizo la compra que complete sus datos o haga otro paso para poder “arrepentirse”. El plazo para contestarle al comprador por la devolución es de 24 horas.

Asimismo, las empresas proveedoras de servicio como Están obligadas a tener el link de baja de servicio, las empresas proveedoras de Telefonía Fija; Telefonía Móvil; Acceso a Internet; Radiodifusión por suscripción; Medicina Prepaga; suscripción a Diarios o Revistas en soporte papel o digital; suscripción a Bases de Datos; Asistencia al Viajero; emergencias Médicas o Traslados Sanitarios de Personas; suscripción a Clubes o Gimnasios; emisión de Tarjetas de Crédito por Emisores No Bancarios y Donaciones Periódicas con Débito Automático a Asociaciones Civiles también están obligadas a tener el botón en la web.

¿En qué afecta a los compradores?

El consumidor tiene 10 días para hacer uso del “botón de arrepentimiento” desde que recibió el producto o contrató el servicio. Ni bien realice el pedido, tiene que poner a disposición de la empresa el producto que desee devolver o servicio que quiere darse de baja.

¿Cuáles son las excepciones?

Los productos que no requieren que se implemente el botón de arrepentimiento son aquellos que se confeccionaron según requerimientos específicos del consumidor, es decir que fueron hechos a medida; aquellos que no puedan ser devueltos por ejemplo, alimentos; grabaciones de discos o programas informáticos y suministros de prensa diaria.

Cabe destacar que no aplica para los productos o servicios que se vendan para ser utilizados en el día o que se haya vendido de forma presencial. 

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